DECLARACIÓN CONJUNTA DE LA RED Y LOS AUTORES CULTURALES SOBRE EL PROYECTO DE REFORMA DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL
El pasado 14 de febrero de 2014 el Consejo de Ministros aprobó el
proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (texto publicado
en el B.O.C.G. el 21 de febrero).
Este proyecto de Ley, arcaico en su concepción, recorta numerosos
derechos en España, afecta muy negativamente a amplios sectores de la
sociedad, pone en peligro la cultura libre y cuestiona el funcionamiento
de internet, limitando la cita y el enlace a una actividad meramente
mercantil.
Esto ha generado un rechazo inmediato y casi unánime desde todos los
ámbitos posibles por los motivos que exponemos sintéticamente a
continuación.
1. La protección de la propiedad intelectual en internet no se
garantiza imponiendo cánones o tasas arbitrarios. Por el bien de la
economía española, ha de garantizarse la sostenibilidad de los creadores digitales en su conjunto,
no sólo de una parte. Un sector se desarrolla fomentando los nuevos
modelos de negocio digitales en lugar de destruirlos. Cualquier derecho
nace del diálogo entre todas las partes afectadas.
2. La Constitución Española consagra, en su artículo 20, el derecho
fundamental “a comunicar o recibir libremente información veraz por
cualquier medio de difusión”, lo cual debe conjugarse con cualquier derecho de propiedad, pero jamás anularlo.
3. Adicionalmente, esta ley cercena otros derechos fundamentales, afecta a valores democráticos esenciales y limita el libre acceso a la información y a la cultura.
Ignora la declaración de los Derechos Humanos, conculca derechos
constitucionales como la libertad de expresión y la libre creación,
viola el secreto de las comunicaciones, es un ataque directo a la
neutralidad de la red y no respeta un derecho individual básico: que
cada cual ofrezca su obra bajo las condiciones que considere oportunas.
4. La figura del “derecho irrenunciable” derivado de citar textos en
internet afectaría sin excepción a todos los creadores y les impediría
renunciar voluntariamente a ese derecho. Ello pondrá en serio peligro
las licencias Creative Commons, ampliamente extendidas y que actualmente
ofrecen cobertura jurídica a los derechos de autor de una parte muy
significativa de los contenidos de la Red. Nos encontramos ante una
imposición del “copyright” sobre los partidarios del “copyleft” que vulnera derechos e intereses colectivos en lugar de garantizarlos y favorece que la recaudación se concentre en muy pocas manos.
5. Lejos de ser una amenaza, los agregadores de noticias y otras
herramientas digitales que enlazan y citan al medio de origen, tales
como buscadores, redes sociales o blogs, favorecen el libre acceso
ciudadano a la información y generan un amplio tráfico hacia los medios
de comunicación. Además, siendo el derecho de cita la esencia del
Periodismo, esta ley amenaza frontalmente su ejercicio. Criminalizar los enlaces genera una inseguridad jurídica que cuestiona los fundamentos y el uso de internet. Garantizarlos, respetando los derechos, beneficia a todos: usuarios, herramientas y medios de comunicación.
6. La mal llamada “tasa Google” ha sido impulsada sólo por una parte
del colectivo de editores, los integrados en AEDE. Otras asociaciones y
editores se oponen a esta medida. AEDE debería considerar las consecuencias económicas que supondrá para sus socios salir de los indexadores
y las desastrosas consecuencias para sus empleados, como recortes
salariales y pérdidas de empleo. Este canon de AEDE aumentará aún más la
precariedad de un sector tremendamente castigado por la crisis.
7. La entrada en vigor de esta Ley supone una tasa adicional para el conocimiento.
La entidad de gestión de derechos CEDRO recauda actualmente de los
profesionales de todo el sistema educativo. La nueva ley establece que
las Universidades paguen también por los contenidos que los profesores
publican para sus alumnos, y que hasta hoy se acogían a licencias
Creative Commons. CEDRO recaudará en régimen de monopolio un canon de 5
euros por alumno. Consideramos esto un atentado contra la Educación, la
investigación y los textos académicos, que pasarán a estar regidos por
el “copyright” en lugar de ser de dominio público.
8. Este canon, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y de cuantía no determinada por la ley, actúa en detrimento de la justa recompensa a los autores
y supone una subvención encubierta a los editores, a quienes el art. 2
de la Directiva 2001 de Propiedad Intelectual NO INCLUYE como
beneficiarios de derechos de propiedad intelectual, y que pese a ello se
llevan el 45% de la recaudación de CEDRO. Es significativo que la
redacción de la ley se refiera sólo a las “industrias culturales”
ignorando expresamente a “los autores”, agravando una situación que ya
se inició con la pérdida de derechos de los periodistas a favor de los
editores por la confección de “clippings” (resúmenes de prensa).
9. Se elimina “de facto” el derecho de copia privada,
vinculándolo a la copia material de un soporte físico, práctica ésta
casi inexistente en la era digital. La copia privada de una obra es un
uso legitimo que existía antes de internet y seguirá existiendo tras
esta reforma. Gravar con un canon a la copia privada equivale a imponer
una multa preventiva a cada ciudadano ante un hipotético uso delictivo,
por más que éste nunca suceda. Criminalizar al consumidor con fines
recaudatorios no es el camino.
10. No han de apoyarse medidas de control de la “piratería” que pongan en peligro la esencia misma de la red.
Oponerse a esas medidas no implica respaldar la caricatura del “todo
gratis”. Es preciso desarrollar un nuevo marco de protección de la
industria cultural que tenga en cuenta las particularidades de la era
digital y sirva para lo que nació este tipo de legislación: fomentar la
práctica de la cultura ofreciendo una compensación económica a los
autores.
11. Esta Reforma debería incluir medidas de acompañamiento que apoyen el desarrollo de nuevos modelos de negocio
basados en internet, así como la mejora de los ya existentes. De no
hacerlo, perjudicará la innovación de los sectores afectados y
perpetuará un modelo de distribución cultural y de acceso a la
información manifiestamente caduco.
12. Esta reforma de la LPI aparenta ser producto de una dinámica de corruptelas entre lobbies y el poder político,
evidenciado por el reciente relevo de directores en los principales
diarios nacionales y la escenificación de la reforma de la ley
presentándola con una fotografía del presidente de la AEDE junto a la
vicepresidenta del Gobierno. Esto pone bajo sospecha a unos y a otros,
si consideramos la proximidad de procesos electorales.
CONCLUSIÓN:
La reforma de esta ley, tal cual se ha redactado, está abocada al
fracaso y le auguramos muy corto recorrido, pues no se adecúa a la
realidad ni cubre las necesidades de los sectores y agentes implicados.
Es un freno para el desarrollo de la cultura libre y la industria,
inasumible en tiempos de dificultades económicas, en los que es preciso
primar la innovación y favorecer el surgimiento de nuevos mercados
emergentes, en los que España demuestra un enorme potencial.
Además, contiene innumerables ambigüedades e indefiniciones, que una
ley de esta envergadura no puede permitirse, ya que abre la puerta a una
aplicación discrecional y a graves efectos colaterales indeseados.
Por todo ello, instamos al Gobierno a reconsiderar y retirar esta
reforma y a abrir con todos los sectores afectados el diálogo que estos
reclaman desde hace meses para aportar soluciones más adecuadas a la
nueva realidad que plantea la sociedad digital.
Al mismo tiempo, hacemos un llamamiento a toda la sociedad para
participar, aportar, comprometerse y difundir la campaña de rechazo al
#CanonAEDE difundiendo tanto esta declaración como sus actos, acciones e
iniciativas.